
Hasta ahora, los temas de los oratorios, mezquitas u otros locales de plegaria estaban regulados de forma irregular, a menudo arbitraria. Era tal el vacío legal que se aplicaba la ley de policía de espectáculos o la medioambiental, cuando rezar no es ni un espectáculo ni una actividad nociva o peligrosa. La ley prevé que los planes de ordenación urbanística municipal establezcan suelo con calificación de equipamientos comunitarios incluidos los usos de carácter religioso.
Esta ley es una buena ley, porque permite a cada municipio diseñar sus planes de ordenación urbanística, valorando las propias necesidades y demandas. De lo que se trata es de conciliar los intereses legítimos de todas las partes: creyentes, confesiones religiosas, vecinos y vecinas e interés general.
La nueva ley no lo regula todo, el futuro reglamento establecerá las condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad, protección acústica, y aforo para evitar molestias a terceros.
Es la primera ley de nuestro entorno estatal y europeo que asume el reto de gobernar la realidad actual de la pluralidad religiosa. Montserrat Coll, la directora de Asuntos Religiosos de la Generalitat de Catalunya, y verdadera artífice de la ley, lo ha manifestado de forma muy clara. Catalunya no tiene grandes conflictos de convivencia religiosa y tiene un nivel de diálogo interreligioso que no se da en otros lugares. La nueva ley contribuye a reforzar esta línea de diálogo y convivencia desde la laicidad, como espacio de respecto y de libertad de creencias y de pensamiento.
No deja de ser significativo que sea un Gobierno de izquierdas el que reconozca los valores de las religiones desde la libertad. Debemos compartir los espacios de encuentro, con el respecto a las creencias personales, y con la protección del bien común.